A- de 2025
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Previsora Sa·Demandado Claudia Lorena Cardona Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Armenia y el Juzgado 008 Civil Municipal en Oralidad de la misma ciudad, ocasionado por una demanda ejecutiva de orden administrativo presentada por unos ciudadanos, en contra de la ESE Hospital la Misericordia y/o la previsora S.A compañía de seguros, con el fin de que se libre mandamiento de pago del valor de las costas y agencias en derecho contenidas en sentencia proferida por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Armenia y confirmada por el Tribunal Contencioso Administrativo del Quindío, en el marco de un proceso de reparación directa.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente reiterar el Auto 008/22, en el que se concluyó que es procedente la ejecución a continuación del proceso de conocimiento declarativo y condenatorio, en el que no existe demanda ejecutiva separada o independiente, sino una solicitud que hace quien pretende el cobro de la condena, para que la providencia se cumpla dentro del mismo proceso, por lo que es el mismo juez de conocimiento, esto es, aquel que profirió la sentencia condenatoria, en este caso el juez de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, el competente para conocer de esa solicitud de ejecución sin que se prevean restricciones fundadas en la naturaleza del demandado, el cual tuvo la condición de parte dentro del proceso en el que se emitió la condena, y corresponde a esa misma jurisdicción, de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Armenia y el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal en Oralidad de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Armenia es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución formulada por La Previsora S.A. Compañía de Seguros contra Claudia Lorena Cardona y los otros demandantes.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6095 al Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Armenia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Octavo. Civil Municipal en Oralidad de la misma ciudad
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.